23 Mar Música legal y derechos de ejecución en México
¿Qué son los derechos de ejecución de música?
Al hablar sobre ejecución pública de música, hablamos de cualquier tipo de música que se reproduzca con fines de lucro de forma directa o indirecta. Los cantautores, compositores y productores de música tienen el derecho exclusivo de presentar su música en público y de autorizar a otros a hacerlo bajo los derechos de autor. Esto se conoce como el “Derecho de Ejecución Pública”. Este derecho fue otorgado para proteger el trabajo creativo de los compositores, intérpretes y productores.
Como ejemplo tomamos a las películas o series de televisión que compramos o adquirimos, en donde hay un apartado que indica “todos los derechos reservados” dándonos a entender que presentar ese contenido de forma pública sin autorización está prohibido, de igual forma existen las mismas restricciones para la música. Cada negocio u organización debe recibir permiso de derechos de autor de la música que están tocando antes de tocarla públicamente.
¿Para qué necesitamos este permiso?
Esta autorización te permite reproducir la música en cuatro modalidades:
1) La representación, recitación y ejecución pública de las obras artísticas, en cualquier establecimiento.
2) La exhibición pública de obras audiovisuales por cualquier medio o procedimiento.
3) El acceso al público por medio de la telecomunicación.
4) La transmisión pública o radiodifusión, en cualquier modalidad incluyendo la retransmisión de las obras por cable, fibra óptica, microondas, vía satélite o cualquier medio conocido o por conocerse.
¿Cómo obtengo esta autorización?
Para poder reproducir la música que desees en tu negocio debes realizar el pago de derechos correspondiente. En México existen tres sociedad de derechos: ANDI (Asociación Nacional de Intérpretes) SACM (Sociedad de Autores y Compositores de México) SOMEXFON (Sociedad Mexicana de Productores de Fonogramas, videogramas y Multimedia S. G. C.)
¿Que cubre cada una de las Sociedades?
El derecho a lucrara de forma indirecta con obras musicales para su ejecución pública, sin importar tu giro empresarial, para que la música sea utilizada de forma legal, ya que puede haber un lucro indirecto, por ejemplo un bar que vende más si hay música en el local que si no hubiera.
¿Qué pasa si no pago los derechos?
Como empresa se tiene la obligación de realizar este pago, de lo contrario se corre el riesgo de que algún gestor o asociación lo requiera legalmente.
¿Qué opciones tengo?
La primera opciones es contactar a estas asociaciones para realizar el pago directamente con ellos, otra idea puede ser utilizar música con derechos incluidos o libre de derechos dentro de tu negocio. Existen diversas empresas que se dedicad a proveer esta clase de servicios o bancos de música gratuita que aunque no es conocida ni comercial te permitirá evitar este problema.
También existen empresas como Programusic en dónde se tiene la opción de realizar este pago a través de la empresa, que además de otorgarte música de acuerdo a la personalidad de tu marca bajo una estrategia con criterios mercadológicos, también te da la opción de ahorrarte el trámite con cada asociación y verlo todo mediante una sola empresa.
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